La movilidad personal ha experimentado un boom en los últimos años. Los patinetes eléctricos, también conocidos como vehículos de movilidad personal (VMP), se han convertido en una alternativa ecológica y ágil para moverse por ciudades cada vez más congestionadas. Sin embargo, el crecimiento de estos vehículos ha obligado a las autoridades a regularlos para mejorar la seguridad de los usuarios y de los peatones. A partir del 2 de enero de 2026 entra en vigor en España una nueva normativa que cambia por completo el panorama legal de los patinetes eléctricos. Esta guía exhaustiva explica todos los detalles de la nueva ley, los plazos y las obligaciones que deberán cumplir los riders.
Índice
- ¿Por qué se ha actualizado la normativa de los patinetes eléctricos?
- Cronología de la normativa de patinetes eléctricos
- Qué cambia en 2026: seguro obligatorio, registro y certificado
- Seguro obligatorio de responsabilidad civil
- Registro e identificación del patinete
- Certificación de patinetes eléctricos
- Normativa vigente en 2024-2025: cómo debes circular con tu patinete
- Dónde puedes circular y a qué velocidad
- Equipamiento obligatorio y recomendado
- Normas de conducta: alcohol, drogas y dispositivos electrónicos
- Uso del casco y edad mínima
- Multas y sanciones
- FAQs y dudas frecuentes de los riders
- Recomendaciones para prepararte antes de 2026
- Conclusiones
¿Por qué se ha actualizado la normativa de circulación de los patinetes eléctricos?
Crecimiento del uso y necesidad de seguridad
En España circulan alrededor de cinco millones de patinetes eléctricos. El rápido aumento de usuarios ha generado conflictos con peatones y otros vehículos, así como siniestros sin cobertura. Los VMP tenían que acatar normas de tráfico generales, pero muchos municipios aplicaban ordenanzas diferentes. La Dirección General de Tráfico (DGT) y el Gobierno central han querido homogeneizar la normativa para garantizar que todos los patinetes cumplan requisitos mínimos de seguridad y responsabilidad civil.
Transposición de una directiva europea
La reforma responde a la transposición de la Directiva 2021/2118 del Parlamento Europeo relativa al seguro de responsabilidad civil para vehículos automóviles. Para adaptarse a esta directiva, las Cortes Generales aprobaron en julio de 2025 la Ley de Seguros de Automóviles. La norma amplía el seguro obligatorio a nuevos vehículos, entre ellos los patinetes eléctricos, catalogados ahora como vehículos personales ligeros (VPL).
Protección de las víctimas
Otra motivación clave es asegurar que las víctimas de accidentes provocados por VMP puedan cobrar indemnizaciones. Sin seguro, el responsable puede declararse insolvente. La ley introduce mecanismos para que el Consorcio de Compensación de Seguros cubra inicialmente los daños cuando no haya seguro, repercutiendo posteriormente el importe al propietario culpable.
Cronología de la normativa de los patinetes eléctricos
Para entender la normativa de 2026 es necesario revisar los hitos normativos previos:
| Año | Hito normativo | Descripción resumida |
|---|---|---|
| 2020 | Real Decreto 970/2020 | Introduce la definición legal de VMP: vehículos de una o más ruedas, de una sola plaza, propulsados solo por motores eléctricos y con velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. Prohíbe la circulación por aceras y zonas peatonales, y establece que los patinetes deben obtener certificado de circulación expedido por un tercero autorizado. |
| 2022 | Resolución de 12 de enero de 2022 (Manual de características de VMP) | Publicada en el BOE, aprueba el manual de características para los VMP. Establece requisitos técnicos como sistemas de frenado, iluminación, control de velocidad y otros. Estipula que los VMP requieren certificado de circulación para poder circular. |
| Enero 2024 | Entrada en vigor de la certificación obligatoria para nuevos VMP | Desde el 22 de enero de 2024, solo pueden comercializarse patinetes que cumplan con la certificación VMP. Los patinetes comprados antes del 21 de enero de 2024 pueden circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027. |
| Julio 2025 | Ley de Seguros de Automóviles | Aprobada el 23 de julio de 2025; introduce el concepto de vehículo personal ligero y amplía el seguro obligatorio a patinetes eléctricos. Obliga al Gobierno a crear un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026. |
| 2 de enero de 2026 | Entrada en vigor del seguro obligatorio, registro e identificación | A partir de esta fecha, los patinetes deberán contratar un seguro de responsabilidad civil, estar inscritos en el registro de la DGT y llevar una etiqueta o matrícula identificativa. |
| 22 de enero de 2027 | Fin de la moratoria de certificación | A partir de esta fecha, solo podrán circular los patinetes que cuenten con certificado¿¿ VMP. |
¿Qué cambia en la normativa del 2026?
La mayor revolución para los riders llegará el 2 de enero de 2026. A partir de esa fecha, tres obligaciones serán indispensables:
- Contratar un seguro de responsabilidad civil.
- Inscribir y registrar el patinete en la DGT, obteniendo un número de identificación (equivalente a una matrícula).
- Tener un certificado de circulación que acredite que el modelo cumple con el manual de características y está homologado.
Seguro obligatorio de responsabilidad civil
¿A quién afecta?
El seguro obligatorio afecta a todos los vehículos catalogados como vehículos personales ligeros. Según la Ley de Seguros de Automóviles, se considera vehículo personal ligero al vehículo a motor eléctrico de una sola plaza que puede alcanzar entre 6 y 25 km/h si pesa menos de 25 kg, o entre 6 y 14 km/h si pesa más.
La mayoría de los patinetes eléctricos de uso urbano cumplen esta definición, por lo que casi todos estarán obligados a contratar el seguro. Quedan fuera de la obligación los patinetes destinados únicamente a personas con discapacidad, los utilizados por las fuerzas armadas y las bicicletas de pedaleo asistido con potencia nominal continua igual o inferior a 250 W.
¿Qué cubre el seguro?
El seguro cubrirá los daños personales y materiales que el usuario provoque a terceros. El objetivo es proteger a las víctimas de posibles accidentes y garantizar la cobertura de indemnizaciones.
Coste aproximado
Los precios variarán según la aseguradora y la cobertura elegida, pero un seguro básico puede costar entre 20 y 100 € al año.
Plazo de adaptación
La ley aprobada en julio de 2025 concede un plazo de seis meses para que los propietarios contraten el seguro. Por tanto, el seguro será exigible desde el 2 de enero de 2026 y las multas se empezarán a imponer a partir de ese momento.
Consecuencias por no asegurarse
Circular sin seguro a partir de 2026 se considerará una infracción grave. La sanción económica puede oscilar entre 200 y 1.000 €, y el patinete podrá ser inmovilizado o retirado. Además, si ocurre un accidente y no se tiene seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará a la víctima y luego reclamará la cantidad al propietario.
Registro e identificación del patinete
La nueva ley exige que todos los vehículos personales ligeros se registren en la base de datos de la DGT. El registro asignará a cada patinete un número de identificación que deberá ser visible en el chasis, similar a una matrícula.
Finalidad del registro
- Facilitar la identificación del propietario en caso de accidente o infracción.
- Garantizar que el patinete dispone de certificado de circulación y ha pasado las pruebas de homologación.
- Permitir a las autoridades controlar cuántos VMP circulan y planificar medidas de seguridad vial.
El registro será obligatorio a partir del 2 de enero de 2026. Para inscribir el patinete habrá que presentar el certificado de circulación y los datos del propietario.
Homologación de patinetes eléctricos
La certificación ya estaba en vigor desde enero de 2024 para los patinetes nuevos. La DGT publica la lista de modelos homologados y los laboratorios autorizados para ensayar los vehículos.
¿Qué es el certificado de circulación?
Es un documento expedido por un laboratorio designado por la DGT que acredita que el patinete cumple los requisitos del manual de características y está homologado para circular.
Obligatoriedad según el año de compra
- Patinetes comercializados a partir del 22 de enero de 2024: deben contar con certificado para poder venderse.
- Patinetes comprados antes del 21 de enero de 2024: pueden circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027. Después de esa fecha será indispensable.
Cómo obtener el certificado
- Verifica si tu modelo ya está homologado. La DGT publica un listado de modelos certificados. Si tu patinete aparece en la lista, simplemente debes solicitar un duplicado del certificado al fabricante o al vendedor.
- Si el modelo no está homologado, deberás acudir a uno de los laboratorios autorizados (actualmente existen cuatro, uno de ellos en España) para realizar las pruebas de conformidad. Ten en cuenta que este trámite puede tener costes elevados y no todos los patinetes superan las pruebas.
- Guarda el certificado en tu patinete. A partir de 2027, la DGT podría pedir el documento en cualquier control.
Normativa vigente en 2024-2025: cómo debes circular con tu patinete
Mientras llegan los cambios de 2026, sigue vigente la normativa general sobre VMP. Conocer las reglas actuales es esencial para evitar sanciones.
Dónde puedes circular y a qué velocidad
La DGT establece que los VMP no pueden circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, vías interurbanas, autopistas, autovías ni túneles urbanos. Cada ayuntamiento puede dictar ordenanzas sobre carriles bici y zonas específicas, pero, si no existiera normativa local, la circulación está permitida en cualquier calzada urbana.
Velocidad máxima
La velocidad de los VMP debe situarse entre 6 y 25 km/h. Superar los 25 km/h, trucar el patinete o eliminar los limitadores puede acarrear sanciones.
Circulación prohibida
- Aceras y zonas peatonales: totalmente prohibidas.
- Vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos: prohibición expresa.
- Túneles urbanos: los patinetes no pueden atravesarlos.
Equipamiento obligatorio y recomendado
Elementos obligatorios del patinete
El manual de características detalla que el patinete debe llevar:
- Sistema de frenado eficaz.
- Dispositivo de advertencia acústica (timbre).
- Luces delantera y trasera, así como reflectantes.
- El patinete no debe superar un peso máximo (50 kg) ni una velocidad de diseño de 25 km/h.
Equipamiento recomendado
Aunque el casco no es obligatorio a nivel estatal en 2025, la DGT aconseja su uso en todo momento. También recomienda contratar un seguro voluntario de responsabilidad civil antes de 2026 y usar chalecos o bandas reflectantes para mejorar la visibilidad.
Normas de conducta: alcohol, drogas y dispositivos electrónicos
Los usuarios de patinetes eléctricos están sujetos a las mismas normas de seguridad vial que el resto de conductores:
- Alcohol y drogas: se aplican los mismos límites que para coches y motos. Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas puede acarrear multas entre 500 y 1.000 € y la inmovilización del vehículo.
- Auriculares y móvil: prohibido conducir con auriculares o utilizar el móvil. La sanción puede ser de 200 €.
Uso del casco y edad mínima
La Ley de Tráfico establece la obligación de llevar casco para los conductores de VMP, pero remite a un desarrollo reglamentario que aún está pendiente. La DGT está trabajando con los ayuntamientos para definir los términos. Mientras tanto, muchos municipios exigen casco en sus ordenanzas.
En cuanto a la edad mínima, no existe una norma estatal. Cada municipio fija la edad para conducir un patinete: en Barcelona es de 16 años y en Madrid de 15 años. Los riders deben consultar la ordenanza local antes de circular.
Multas y sanciones
Las sanciones para los usuarios de patinetes eléctricos pueden dividirse en dos categorías:
Infracciones relacionadas con la circulación y el equipamiento
| Infracción | Sanción aproximada | Fuente |
|---|---|---|
| Conducir por aceras o zonas prohibidas | ~200 € | DGT |
| Exceso de velocidad (superar 25 km/h) o trucar el patinete | 200 € – 500 € dependiendo de la gravedad | DGT |
| Conducir con auriculares o hablar por el móvil | 200 € | DGT |
| No usar casco cuando lo exige la ordenanza local | 200 € | DGT |
| Circular bajo los efectos del alcohol (0,25 mg/l a 0,50 mg/l de aire espirado) | 500 € | DGT |
| Conducir bajo los efectos de drogas o alcohol grave (>0,50 mg/l) | 1.000 € | DGT |
FAQs y dudas frecuentes
1. ¿Qué debo hacer si mi patinete fue comprado antes de 2024?
Si tu patinete se compró antes del 21 de enero de 2024, puedes seguir usándolo sin certificado de circulación hasta el 22 de enero de 2027. No obstante, deberás cumplir el resto de normas: no circular por aceras, no superar 25 km/h y, desde 2026, contratar un seguro y registrarlo.
2. ¿Cómo puedo saber si mi patinete está homologado?
Consulta el listado oficial de la DGT con las marcas y modelos certificados. Si tu modelo no aparece, contacta con el fabricante o con uno de los laboratorios autorizados para obtener la certificación.
3. ¿Puedo circular por los carriles bici?
Depende de la ordenanza municipal. En muchos municipios se permite el uso de carriles bici, pero en otros se exige circular por la calzada. Si no existe regulación específica, puedes circular por la calzada urbana.
4. ¿Es obligatorio el uso de casco?
A nivel estatal, todavía no hay una norma que obligue a usar casco para patinetes, pero la Ley de Tráfico contempla esta obligación pendiente de desarrollo. Muchos ayuntamientos ya lo exigen, por lo que es recomendable usarlo siempre.
5. ¿Qué edad mínima se necesita para conducir un patinete eléctrico?
No existe una edad mínima estatal. La edad mínima la fija cada ayuntamiento. Por ejemplo, Barcelona exige 16 años y Madrid permite el uso a partir de 15 años.
6. ¿Qué ocurre si sufro un accidente con un patinete eléctrico y no tengo seguro?
Hasta el 1 de enero de 2026, si el patinete no está asegurado, el propietario deberá responder con su propio patrimonio. A partir de esa fecha, si no tienes seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará a la víctima y luego podrá reclamarte la cantidad.
7. ¿Cuándo será obligatorio matricular mi patinete?
La inscripción en el registro de la DGT y la etiqueta identificativa serán obligatorias desde el 2 de enero de 2026. Antes de esa fecha, la inscripción no es exigible a nivel estatal (salvo ordenanzas municipales).
8. ¿Las bicicletas eléctricas tienen las mismas obligaciones que los patinetes?
No. Las bicicletas de pedaleo asistido con potencia nominal continua igual o inferior a 250 W están excluidas del seguro obligatorio y de las obligaciones de registro. Sin embargo, deben cumplir otras normas de tráfico.
9. ¿Qué requisitos técnicos debe tener mi patinete para superar la certificación?
El manual de características exige, entre otros, un límite de velocidad de 25 km/h, un peso inferior a 50 kg, sistemas de frenado eficaz, luces, timbre, suspensión y control de velocidad. Además, no puede llevar asiento salvo que disponga de sistema de autoequilibrado.
10. ¿Cómo sé si debo usar casco en mi ciudad?
Debes consultar la ordenanza municipal. La DGT está preparando un reglamento para exigir casco a nivel estatal, pero muchos ayuntamientos ya lo aplican. Independientemente de la obligatoriedad, usar casco reduce drásticamente el riesgo de lesiones y es recomendable.
Recomendaciones para prepararte antes de 2026
- Revisa si tu patinete está homologado. Si tu modelo es anterior a 2024, consulta si existe un kit de certificación o considera cambiarlo por uno homologado antes de 2027.
- Contrata un seguro voluntario de responsabilidad civil antes de que sea obligatorio. Esto te dará tranquilidad frente a posibles accidentes y evitará sorpresas en 2026.
- Adecúa tu patinete al manual de características: instala timbre, luces delanteras y traseras, reflectantes y revisa el sistema de frenado.
- Respeta la normativa vigente: no circules por aceras ni superes 25 km/h. Cumple las normas de tráfico y evita multas por uso de móvil o auriculares.
- Infórmate de la ordenanza local sobre casco y edad mínima; si tu ciudad lo exige, utiliza casco y no permitas que menores no autorizados conduzcan.
- Planifica la inscripción. Cuando se abra el registro de la DGT, inscríbete cuanto antes y solicita tu etiqueta identificativa para evitar retrasos.
- Educa y forma. Si compartes tu patinete con familiares, asegúrate de que conozcan las normas. Considera realizar un curso de conducción segura.
Impacto en la sostenibilidad y la movilidad urbana
Los patinetes eléctricos no solo son un medio de transporte personal, sino una pieza clave en la transición hacia una movilidad urbana sostenible. Al funcionar con electricidad y ocupar poco espacio, reducen las emisiones contaminantes y el ruido en comparación con los vehículos de combustión. Esta modalidad de transporte se ha consolidado como una solución para el último kilómetro, permitiendo combinar transporte público y desplazamientos puerta a puerta.
La regulación de 2026 pretende reforzar la confianza de la sociedad en estos vehículos. Un mercado regulado y seguro facilita que más personas se animen a aparcar el coche y optar por alternativas de micro movilidad. También fomenta la innovación: los fabricantes deberán diseñar patinetes más seguros, duraderos y respetuosos con el medio ambiente, adaptándose al manual de características y a la certificación exigida. Las aseguradoras, por su parte, podrán crear productos específicos para micro movilidad que incentiven conductas responsables.
Para las ciudades, la transición a una micromovilidad regulada significa menos congestión y más espacio público dedicado a peatones y bicicletas. La normativa unificada facilita que los ayuntamientos planifiquen infraestructuras seguras, como carriles bici compartidos y aparcamientos específicos para patinetes. A medio plazo, estas medidas contribuirán a reducir la contaminación atmosférica y a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
En resumen, la nueva normativa no solo impone obligaciones, sino que impulsa un cambio cultural hacia formas de transporte más sostenibles y eficientes. Los riders que se adapten a estas normas serán embajadores de una movilidad urbana más limpia y ordenada.
Conclusiones
Aunque todo está en el aire y tiendas y aseguradoras estamos a expensas de que se certifique 100×100 la entrada en vigor. La nueva normativa supone una revolución para los usuarios de patinetes eléctricos en España. El seguro obligatorio, el registro y el certificado de circulación convertirán a los patinetes en vehículos con obligaciones equiparables a otros medios de transporte. Estas medidas buscan mejorar la seguridad vial, proteger a las víctimas de accidentes y homogeneizar las reglas en todo el territorio.
Hasta la llegada de 2026, los riders deben cumplir la normativa vigente: no circular por aceras ni vías interurbanas, respetar el límite de 25 km/h, no usar auriculares ni el móvil, y equipar el patinete con frenos, timbre y luces. Además, conviene prepararse contratando un seguro voluntario y verificando la homologación del patinete.
La adopción de estas medidas permitirá que la movilidad eléctrica siga creciendo de forma sostenible y segura. Si utilizas el patinete a diario, adelántate a los cambios y conviértete en un rider responsable; no solo evitarás sanciones, sino que contribuirás a una convivencia más segura en las ciudades.
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